El pasado 14 de septiembre de 2022, se llevó a cabo la cuarta edición de Descomponiendo la Función Judicial, antes conocido como Descomponiendo la Audiencia, cuyo tema fue la tutela contra sentencias y otras providencias judiciales.
El evento, organizado por el Programa de Formación Judicial, contó con la participación de la magistrada Ana María Muñoz Segura, de la Sala de Casación Laboral (descongestión) de la Corte Suprema de Justicia; Felipe Mendoza Rojas, magistrado auxiliar de la Corte Constitucional (quien asistió en representación del magistrado Alejandro Linares Cantillo); Ana Giacomette Ferrer, presidenta del Centro Colombiano de Derecho Procesal Constitucional y Esteban Restrepo Saldarriaga, profesor de planta de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.
En las distintas intervenciones, las y los invitados tocaron puntos sensibles sobre la tutela contra sentencias, sus causas, implicaciones, ejemplos y posibles afectaciones a la seguridad jurídica.
La magistrada Muñoz identificó cuatro casos en materia de seguridad social en los que era altamente probable que las partes interpusieran una tutela contra sentencia debido a que existen interpretaciones distintas entre la Sala Laboral de la Corte Suprema y la Corte Constitucional: convivencia mínima de cónyuge o compañero permanente en caso de pensión de sobrevivencia, condición más beneficiosa, régimen de transición de Ley 100 o incremento de mesada pensional por persona a cargo. En ellos, llamó la atención sobre la necesidad de abrir espacios para que se unifiquen los criterios de las altas Cortes.
Felipe Mendoza mostró, por medio de cifras, que la revisión de tutelas contra providencias de altas Cortes es excepcional y que muchas de las que prosperan tienen que ver con desconocimiento del precedente constitucional. En esos eventos, precisó, más allá de las diferencias de criterios que puedan existir entre los órganos de cierre, el respeto por el precedente busca, entre otras finalidades, proteger el derecho fundamental a la igualdad de los demandantes, que se ilustra en la idea de frente a hechos iguales, decisiones iguales. Esa finalidad, indicó, no choca necesariamente con la seguridad jurídica.
La profesora Giacomette consideró que, a pesar de ser una protección legítima, también puede suponer un conflicto sin fin perjudicial para los ciudadanos, como ocurrió en el caso Bedoya vs. Ferrovías. En este caso, la profesora mostró que, a pesar de que la demandante interpuso tutela contra una sentencia del Consejo de Estado y obtuvo la protección de sus derechos, el conflicto se alargó durante casi diez años y supuso perjuicios económicos y extrapatrimoniales. Como reflexión, Giacomette subrayó la importancia de pensar en las necesidades de los usuarios de la administración de justicia y evitar que las acciones judiciales como la tutela, protectoras en la teoría, se conviertan en perjudiciales en la práctica.
A su turno, el profesor Restrepo recordó que la tutela contra sentencias no es un problema nuevo. Trajo a la memoria el texto original del Decreto 2591 de 1991, así como los principales precedentes de la Corte Constitucional sobre la materia: la T-406 de 1992 y la C-543 de 1992. En este último precedente, anotó, los principales puntos giraron alrededor del reconocimiento del error judicial, la competencia de todos los jueces para conocer asuntos constitucionales, la seguridad jurídica y la cosa juzgada, discusiones que derivaron finalmente en la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo del Decreto 2591 que permitía la tutela contra sentencias.
A modo de conclusiones del panel, el profesor Restrepo consideró que es importante:
- Reflexionar sobre la cultura judicial para que abogados y ciudadanos no vean a la tutela contra sentencia como una cuarta instancia;
- Revisar las regulaciones existentes para evitar que haya multiplicidad de criterios excluyentes entre las y los jueces;
- Facilitar el acceso a los precedentes judiciales para evitar su desconocimiento y, por extensión, la violación del derecho a la igualdad; y
- Abrir espacios para que las altas cortes unifiquen sus criterios sobre temas sensibles, como los señalados por la magistrada Muñoz.
¿Qué es Descomponiendo la Función Judicial?
Descomponiendo la Función Judicial es un ciclo de conversatorios semestrales en los que las y los estudiantes, abogados, profesores y jueces conocen de primera mano la perspectiva de expertas y expertos en distintas áreas del Derecho sobre aspectos debatibles de la función judicial.
En las pasadas ediciones se han “descompuesto” o analizado por partes aspectos como las diferentes etapas de las audiencias orales en procesos penales, administrativos, civiles, comerciales, de justicia transicional y los pasos que siguen las altas cortes para que un proyecto de fallo se convierta en sentencia.
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