Lo primero que debe saber antes de realizar el procedimiento ante la Registraduría es si solamente quiere realizar el cambio de género para afianzar su identidad amparado en el libre desarrollo de la personalidad y no quiere llevar a cabo una reasignación de sexo. “En estos casos debe remitirse a la jurisprudencia de la Corte Constitucional relacionada a los documentos de identidad y el tránsito que tiene que hacer el sujeto que quiere reflejar ese cambio de identidad de género en los documentos oficiales del Estado para así afianzar su percepción identitaria y su percepción como sujeto”, aseguró Juan Felipe Parra, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.