Los oferentes tienen serias limitaciones para controlar el desenlace de una oferta pública de aceptación (OPAs). Por un lado, deben enfrentarse a la decisión de los accionistas, quienes pueden optar por mantenerse como negocio independiente. Por el otro, pueden irrumpir una oferta competidora que frustre la adquisición.
El primer oferente, en consecuencia, intentará incorporar salvaguardas que incrementen sus perspectivas de éxito y protejan las inversiones realizadas en desarrollo de la negociación. Desde la perspectiva del vendedor, la inclusión también podría convenirle teniendo en cuenta la disrupción en el giro ordinario de los negocios y los costes asociados a la pérdida de capital humano y de clientela.
Los pagos por terminación, por razones históricas, se han terminado consolidando como la salvaguarda por excelencia. En términos generales, se pueden definir como el pago que deberá realizar la parte asignada en caso de que la operación llegue a frustrarse por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el acuerdo. Con todo, los pagos suelen distinguirse por razón del obligado. Cuando los paga el vendedor, se denominan “pagos por terminación o break-up fees”; cuando es el comprador, se llamarán “pagos por terminación inversa o reverse break-up fees”.
Los pagos por terminación asumidos por el vendedor despiertan mayor inquietud que sus congéneres. De hecho, el Decreto 2555 de 2010 los proscribe expresamente cuando son asumidos por la compañía objetivo y guarda silencio frente a los pagos asumidos por el comprador. ¿La razón? Busca proteger la libertad decisoria de los accionistas y que estos controlen el desenlace de la operación.
Teniendo esto de presente, se indaga por la conveniencia o inconveniencia de la aludida prohibición. Para responder esta inquietud se acudió principalmente al análisis normativo en Colombia y en el derecho comparado y la revisión de la literatura relevante para el caso que nos ocupa. Como complemento, se revisaron 43 prospectos de cuadernillos de OPAs disponibles en la página de la Bolsa de Valores de Colombia, lo que permitió una mejor comprensión del fenómeno estudiado.
Agenda
5:00 – 5:10 p.m. | Bienvenida y apertura
Centro de Investigaciones Sociojurídicas (CIJUS) de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.
5:11 – 5:45 p.m. | Primer bloque – Ponencia: Breakup fees o pagos por terminación en las ofertas públicas de adquisición: ¿Quién los debe asumir?
Sergio Carreño Mendoza | Doctor y magíster en Derecho. Profesor del Área Derecho Privado, miembro del Grupo de Investigación de Derecho Privado y director del Semillero de Fusiones y Adquisiciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes. Cuenta con experiencia en el sector financiero y en la judicatura.
Sus temas de investigación giran en torno al derecho de contratos, derecho de daños, derecho comercial y M&A.
5:46 – 6:15 p.m. | Segundo bloque: comentarios a la ponencia
Carlos Andrés Aldana Gantiva | Abogado y especialista en Derecho Comercial de la Universidad de los Andes, con Maestría en Derecho Financiero y del Mercado de Valores de Georgetown University. Cuenta con más de 15 años de experiencia en temas financieros y del mercado de valores, como asociado en distintas firmas de abogados y como director jurídico de Finanzas y Mercado de Capitales en el Grupo Bancolombia. Actualmente, lidera los equipos legales de la fiduciaria, la comisionista de bolsa, la banca de inversión y la tesorería del Grupo.
Darío Laguado Giraldo | Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana. Tiene una Especialización en Derecho Comercial de la Universidad de los Andes y un LL.M. en Derecho de Harvard Law School. Es miembro de la firma Brigard Urrutia desde 2010 y, actualmente, es socio de la práctica de Corporativo/M&A. Enfoca su práctica en la asesoría a clientes en transacciones transfronterizas en múltiples industrias y en la representación de fondos de capital privado en sus inversiones y desinversiones en el país. El valor de las transacciones en las que ha participado excede de US$10 billones.
6:16 – 6:30 p.m. | Diálogo con los asistentes o preguntas del público
6:31 – 6:45 p.m. | Cierre
Centro de Investigaciones Sociojurídicas (CIJUS) de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.
El link de acceso al evento lo recibirás en el correo que registres en el formulario de inscripción.
Nota: la transmisión se realizará por Webex. Te recomendamos descargar la aplicación con anticipación.